La dignidad de una mujer no se mide por lo que entrega, sino por lo que jamás pierde. Esta verdad atraviesa la historia de una mujer líder, profesional, madre, venezolana, que decidió perseguir sus ideales aun cuando el costo fue el exilio, la humillación pública, la traición y el dolor familiar. Una mujer que se enfrentó, no solo a un régimen político, sino a un sistema de poder diseñado para aplastar la ética, normalizar la corrupción y destruir la esperanza.

Durante años, Venezuela fue sometida a un reino político que quebró el orden constitucional, permitió la penetración de la corrupción en todos los Poderes Públicos —nacional, estadal y local— y desencadenó la crisis económica y humanitaria más dantesca de su historia. Paralelamente, cientos de personas disidentes fueron encarceladas, detenidas arbitrariamente, desaparecidas, asesinadas, abusadas sexual y psicológicamente. Denunciar la corrupción se convirtió en una sentencia: persecución, confiscación de bienes, amenazas contra la familia, etc. El régimen no dudó en encarcelar incluso a personas mayores para quebrar voluntades y alcanzar el silencio de sus verdaderos objetivos. Un mecanismo de tortura con impacto familiar que fue denunciado ante instancias internacionales, muchas de las cuales tardaron demasiado en comprender la magnitud de la mafia que se construía en Venezuela, bajo inspiración cubana, conveniencia rusa y suspicacia china, mientras se entrelazaba con regímenes y actores temibles: Irán, Cuba, Rusia, Turquía, paramilitares y carteles de la droga.

En ese contexto, la oposición que debía representar una alternativa ética terminó, en buena parte, doblegada por el poder. Se formó una cúpula de opositores deshonestos, amparados por acuerdos de doble moral: ante el pueblo fingían despreciar al régimen, pero a puertas cerradas negociaban beneficios económicos dentro y fuera del país. El resultado fue devastador: una ciudadanía atrapada entre la represión abierta y la traición encubierta.

Mientras tanto, una líder caminaba en silencio. Sin estridencias, conquistando corazones, levantando la esperanza de quienes habían sido minimizados, borrados, convertidos en “nadie” para el régimen e invisibles para muchos líderes del mundo, más preocupados por el impacto de la migración venezolana en sus países que por las causas profundas que la originaron. Se implementaron políticas migratorias unilaterales mirando hacia otro lado, ignorando la raíz del éxodo.

Pasaron largos años. La líder construyó poder moral, no poder armado; esperanza, no propaganda. Fue criticada, burlada, humillada, traicionada por opositores de alto nivel, incluso por quienes se presentaron ante el mundo bajo un supuesto interinato que, lejos de liberar al país, administró recursos y expectativas al servicio de intereses personales. Ella persistió. Tal vez impulsada por la resistencia, por la impotencia de haber sido humillada públicamente por Hugo Chávez, Nicolás Maduro y Diosdado Cabello; tal vez por la memoria de una Venezuela rica, próspera, de oportunidades, que fue un verdadero sueño americano y que muchos no supieron valorar.

Terca, imponente, incómoda, inteligente, se mantuvo fiel a su propósito hasta llegar a las elecciones presidenciales de 2024 y ganarlas junto a un equipo de venezolanos dentro y fuera del país: profesionales, adultos contemporáneos que vivieron una Venezuela que les dio herramientas para formarse, disfrutar y discernir entre la pobreza impuesta y las posibilidades reales de ser y tener.

Hoy, la sociedad observa con asombro un hecho que sacude conciencias: la ganadora del Premio Nobel de la Paz 2025 entrega la medalla de oro —símbolo máximo de reconocimiento moral— a un hombre conocido por minimizar el poder de la mujer, ridiculizarla, humillarla y estandarizar su rol en la vida política, social y económica. Un hombre que insulta, que manda callar, que reduce cualidades femeninas a adornos, incluso cuando se refiere a figuras como Delcy Rodríguez, su rival política. ¿Qué pasó aquí?

¿Es este un acto simbólico de agradecimiento del pueblo venezolano por la captura de Nicolás Maduro, como se ha dicho? ¿Es un acto de comercio político? ¿Es una jugada de astucia en un tablero geopolítico donde las potencias se disputan territorios ricos en recursos estratégicos, comercio, poder militar y narrativas de dominio? ¿Cómo encaja una líder mundial como María Corina Machado en esta geopolítica cruda, donde los valores parecen siempre negociables?

No es una simple entrega. El Premio Nobel de la Paz no es solo una medalla: es el resultado de dolor, ética, amor propio y dignidad. Entregarlo es enfrentarse a la verdad más dura del narcisismo del poder. Quien recibe ese objeto sin comprender su valor moral jamás podrá apreciarlo. El narcisismo se ahoga en su propio reflejo, convencido de que él es el verdadero ganador. Ese gesto, lejos de honrar la lucha de la mujer que lo obtuvo, revela desprecio: por ella, por su pueblo y por el sacrificio que representa.

La dignidad de la lucha del pueblo venezolano por su libertad jamás podrá ser transferida

Entonces surge la pregunta central: ¿entregar la medalla es sumisión o astucia? Sin duda, es una transacción. Pero también deja algo claro: el poder verdadero no se transfiere con objetos. La medalla es un símbolo; el camino que llevó a la dignataria del Nobel a ganarla es intransferible. Nadie puede apropiarse de su historia, de su resistencia ni de su autoridad moral.

Como mujer y como profesional, esta escena obliga a una reflexión profunda. Otros pueden intentar robarnos lo que somos o lo que tenemos; a veces incluso lo permitimos por supervivencia. Pero hay una verdad irrenunciable: la dignidad no se negocia. Las mujeres, especialmente en política, pagan —consciente o inconscientemente— el precio de la violencia, de los estereotipos, del escrutinio cruel. Aun así, deben ser admiradas y respetadas. Su tiempo se divide entre profesión, propósito, familia y un mundo que insiste en premiar la acumulación y no la sabiduría.

El largo trabajo de quienes defendemos los derechos humanos consiste, precisamente, en educar a nuestras niñas y mujeres en esta certeza: la dignidad no es transferible. Te pueden obligar a ceder, te pueden despojar de símbolos, pero jamás de tu valor. Y esa, al final, es la verdadera victoria.

Redactado por 

Damarys Rangel

Mujer-Venezolana-Defensora de Derechos Humanos

La crisis venezolana ha generado un intenso debate en el ámbito del derecho internacional público, particularmente en torno a la relación entre soberanía estatal, responsabilidad internacional y protección de los derechos humanos. Este artículo analiza dichas tensiones desde una perspectiva jurídica independiente, examinando las obligaciones internacionales del Estado venezolano, los límites al intervencionismo extranjero y las contradicciones estructurales del sistema multilateral. Asimismo, se aborda de manera crítica la selectividad política de la comunidad internacional y la composición del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas como reflejo de las imperfecciones del orden internacional contemporáneo. Se sostiene que, aun frente a violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos, el derecho internacional no autoriza la sustitución de la soberanía popular ni el uso unilateral de la fuerza, siendo indispensable una solución democrática y pacífica conforme a las normas internacionales vigentes.

Introducción

El derecho internacional contemporáneo se consolidó tras la Segunda Guerra Mundial con el objetivo fundamental de limitar el uso de la fuerza y proteger la dignidad humana. Este sistema normativo surgió como respuesta a las consecuencias devastadoras del predominio del poder sin límites jurídicos, estableciendo principios orientados a preservar la paz, la soberanía y los derechos fundamentales. Sin embargo, su aplicación práctica ha estado históricamente condicionada por tensiones entre normas jurídicas, intereses políticos y equilibrios de poder.

La situación venezolana constituye un caso paradigmático de estas tensiones, al evidenciar simultáneamente una grave crisis institucional, denuncias reiteradas de violaciones de derechos humanos y debates sobre la legitimidad de acciones externas orientadas a promover una transición política. El presente artículo adopta un enfoque jurídico independiente, orientado a examinar el alcance de las obligaciones internacionales del Estado venezolano y los límites normativos que rigen la actuación de terceros Estados.

El sistema multilateral y sus contradicciones estructurales

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas es el órgano principal encargado del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. No obstante, su composición responde a compromisos históricos y correlaciones de poder surgidas del orden posterior a 1945, más que a criterios de legitimidad democrática o respeto efectivo de los derechos humanos.

La participación, en distintos períodos, de Estados con graves déficits institucionales y serios cuestionamientos en materia de derechos humanos —como Somalia— pone de manifiesto las contradicciones y limitaciones inherentes al sistema multilateral. Esta circunstancia no implica legitimación de las prácticas internas de dichos Estados, sino que evidencia que el orden internacional opera dentro de un marco político-jurídico imperfecto, condicionado por intereses estratégicos y consideraciones geopolíticas.

Lejos de invalidar el derecho internacional, estas contradicciones refuerzan la necesidad de preservar sus principios fundamentales como límites al ejercicio arbitrario del poder estatal y como barrera frente a la normalización del uso de la fuerza en las relaciones internacionales.

Venezuela: coincidencias fácticas y jurídicas

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, existe un amplio consenso en torno a determinados elementos que caracterizan la situación venezolana. Diversos informes de organismos internacionales han documentado una ruptura prolongada del orden constitucional, así como la comisión de violaciones graves, generalizadas y sistemáticas de los derechos humanos. Estas conductas incluyen prácticas que afectan derechos civiles, políticos, económicos y sociales, y que han tenido un impacto significativo en la población.

Asimismo, se ha señalado un debilitamiento estructural del Estado de derecho, acompañado de la cooptación de instituciones públicas y la presencia de economías ilícitas y estructuras de crimen organizado vinculadas al poder político. A ello se suma el compromiso de recursos naturales y financieros del Estado en beneficio de intereses particulares y de actores extranjeros, lo que agrava la situación económica y social del país.

Estos hechos, en su conjunto, configuran responsabilidad internacional del Estado venezolano conforme a los principios generales del derecho internacional y al derecho internacional de los derechos humanos.

Responsabilidad internacional y límites al intervencionismo

La responsabilidad internacional del Estado conlleva obligaciones claras en materia de investigación, sanción y reparación de las violaciones de derechos humanos. Sin embargo, el derecho internacional no reconoce una habilitación automática para la intervención militar ni para la sustitución de la soberanía estatal por parte de terceros Estados, aun cuando se aleguen motivos humanitarios o democráticos.

La prohibición del uso de la fuerza, consagrada en el artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas, constituye una norma imperativa de derecho internacional general. Su relativización implicaría un grave retroceso normativo y una erosión de la arquitectura jurídica internacional, abriendo la puerta a interpretaciones discrecionales que debilitarían la protección de la soberanía y la autodeterminación de los pueblos.

La experiencia histórica demuestra que las intervenciones armadas, incluso cuando se presentan como mecanismos de protección de los derechos humanos, tienden a profundizar los conflictos, generar nuevas violaciones y debilitar las posibilidades de soluciones sostenibles.

Selectividad internacional y pérdida de legitimidad

La respuesta de la comunidad internacional frente a la situación venezolana ha estado marcada por la selectividad y la inconsistencia. En determinados contextos, el discurso de los derechos humanos ha sido utilizado como herramienta de presión política, mientras que en otros ha prevalecido la inacción o la indiferencia frente al sufrimiento de la población.

Esta aplicación desigual de las normas internacionales afecta la credibilidad del sistema multilateral y refuerza la percepción de que el derecho internacional se subordina a intereses geopolíticos. No obstante, dicha realidad no justifica el abandono del marco jurídico vigente, sino que exige una aplicación coherente, imparcial y no discriminatoria de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Conclusiones

El caso venezolano pone de relieve las tensiones y contradicciones del orden internacional contemporáneo, así como los riesgos de instrumentalizar el discurso de los derechos humanos. La presencia de Estados con déficits democráticos en órganos centrales del sistema multilateral evidencia las imperfecciones del sistema, pero no invalida la vigencia del derecho internacional como marco normativo fundamental.

La protección de los derechos humanos solo puede ser legítima si se ejerce dentro de los límites jurídicos establecidos por el derecho internacional. Cualquier solución basada en la fuerza o en la imposición externa supondría un debilitamiento del principio de autodeterminación y un retroceso incompatible con los fundamentos del orden jurídico internacional. La superación de la crisis venezolana exige, por tanto, una solución democrática, pacífica y conforme al derecho internacional, centrada en la voluntad y la dignidad del pueblo venezolano.

Redactado por 

Damarys Rangel/Abogada/Especialista Derecho Humanos/Vzla

Referencias

Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. (1945). Carta de las Naciones Unidas.

Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos.

Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. (1970). Resolución 2625 (XXV), Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y cooperación entre los Estados.

Brownlie, I. (2008). Principles of public international law (7th ed.). Oxford University Press.

Cassese, A. (2005). International law (2nd ed.). Oxford University Press.

Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (2020, 2022). Informes de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela.

Por Karla Henriquez y Damarys Rangel — 8 de noviembre de 2025

El 7 de noviembre de 2025 marcó un nuevo capítulo de incertidumbre para miles de venezolanos en los Estados Unidos. Ese día concluyó oficialmente el Estatus de Protección Temporal (TPS), un mecanismo humanitario que durante años ofreció amparo frente a las condiciones extraordinarias de crisis política, económica y social que persisten en Venezuela.

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) argumentó que el país “ya no reúne las condiciones” que justificaron la designación y que su continuidad sería “contraria al interés nacional”. Entre los fundamentos citados se encuentran preocupaciones de seguridad fronteriza, inmigración irregular, y la supuesta presencia de elementos criminales venezolanos en territorio estadounidense, incluyendo vínculos con organizaciones delictivas como el llamado Tren de Aragua.

NOTA MIGRATORIA – ACADEMIA DDHHUNIVERSAL Actualización urgente: TPS para venezolanos en EE. UU. – Octubre 2025
El fin del TPS para los venezolanos representa una contradicción en la política exterior estadounidense

Sin embargo, esta decisión ha sido altamente controvertida. Diversas organizaciones de derechos humanos, comunidades americanas han cuestionado la veracidad de los motivos de la revocación del TPS, señalando que la evaluación del DHS carece de una base humanitaria sólida y parece responder más a motivaciones políticas que a una revisión objetiva de la realidad venezolana. Tal como advierten analistas y medios internacionales —entre ellos Reuters1 y The Washington Post2—, el fin del TPS se produce en un contexto donde la crisis estructural en Venezuela no solo persiste, sino que se ha agravado en términos de pobreza, represión y colapso institucional.

En paralelo, el Departamento de Estado y el Departamento de Defensa de los Estados Unidos han intensificado operaciones militares en el mar Caribe, bajo el argumento de combatir el narcotráfico transnacional y las redes de crimen organizado que, según informes oficiales, operarían desde o a través de aguas venezolanas. Estas acciones —enmarcadas en una estrategia de presión sobre el régimen de Nicolás Maduro— han generado tensiones regionales y un nuevo escenario de militarización geopolítica, que impacta indirectamente a la población civil venezolana dentro y fuera del país.

Desde una perspectiva de derechos humanos y derecho internacional, esta conjunción de medidas —la terminación del TPS y la intensificación de la acción militar— refleja una contradicción profunda en la política exterior estadounidense: mientras se reconoce de facto la gravedad de la crisis venezolana, se desmantelan mecanismos de protección que ofrecían refugio a sus víctimas.

Quienes quedan en medio de estas decisiones son los venezolanos comunes, los trabajadores, estudiantes, familias y profesionales que han contribuido al desarrollo social y económico de los Estados Unidos con esfuerzo y dignidad. Hoy, muchos enfrentan la posibilidad de deportación, el riesgo de detención o la pérdida de su estatus migratorio, sufriendo además las consecuencias del estigma y la generalización que asocia a toda una comunidad con actos aislados de criminalidad.

Mientras tanto, dentro de Venezuela, la población continúa viviendo en condiciones de agotamiento físico, emocional y mental. El alto costo de la vida, el colapso del sistema de salud, la crisis alimentaria y el deterioro de la salud mental colectiva son heridas abiertas que no cicatrizan. La falta de acceso a servicios básicos y la represión de las voces disidentes perpetúan una dinámica de sufrimiento y desplazamiento forzado.

La comunidad internacional —incluyendo gobiernos, organismos multilaterales y sociedad civil— debe asumir su responsabilidad compartida. No es coherente promover discursos de democracia y derechos humanos mientras se abandonan a quienes fueron obligados a huir de su país precisamente por la falta de esos mismos derechos.

Los venezolanos no son una amenaza; son una población desplazada por causas estructurales, víctimas de un Estado colapsado y de una comunidad internacional que, con frecuencia, prioriza la geopolítica sobre la humanidad. La protección internacional no puede condicionarse a intereses estratégicos, sino basarse en los principios universales de dignidad, no discriminación y solidaridad.

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Los venezolanos comunes han contribuido al desarrollo social y económico de los EEUU con esfuerzo y dignidad

A ti, venezolano y venezolana, te digo: no pierdas la esperanza. No somos una plaga. En este siglo XXI, cada lágrima y cada sentimiento derramado han transformado la tierra que nos ha recibido. Hemos sembrado nuestra esencia, despertado conciencias y contribuido al nacimiento de nuevas patrias.

Comenzamos a reconstruirnos en tierras lejanas, no para sufrir, sino para sanar, transformar y activar vidas en otros pueblos. El dolor, la nostalgia y la separación también han sido nuestros maestros: han forjado almas fuertes, conscientes y despiertas. La expansión de los venezolanos  no es sólo física, es cuántica. Donde llega un venezolano, llega una vibración: la del canto que recibe, la risa que no muere, la fe que no se apaga, hemos compartido nuestra esencia a lugares que habían olvidado cómo sentir.

Donde había indiferencia, sembramos compasión.
Donde había juicio, llevamos vida.
Donde había olvido, trajimos alma.

La migración venezolana no es solo social, política o económica; es espiritual, es cuántica, es parte de una gran reconciliación.

Aunque las políticas cambien y los escenarios se tornen adversos, la identidad y el valor de nuestro pueblo permanecen intactos. Quizás el futuro nos convoque a regresar y reconstruir nuestra tierra, pero nadie podrá borrar la huella luminosa que hemos dejado en cada país donde un venezolano ha trabajado, enseñado, curado, creado o ayudado.

Porque caer no es el fin. Es el comienzo de un nuevo ciclo: el renacer de nuestra venezolanidad, la prueba de que incluso en el exilio seguimos siendo medicina para el mundo.

Damarys Rangel

Fundadora/Presidente

Karla Henríquez

Human Rights Defender and Doctor of International Law

Director DDHHUNIVERSAL

1 Reuters. (2025, noviembre 7). Información sobre el fin del TPS para venezolanos. Recuperado de https://www.reuters.com

2 The Washington Post. (2025, noviembre 7). U.S. ends Venezuela’s TPS amid deepening humanitarian crisis. Recuperado de https://www.washingtonpost.com