¿Quién es Concely del Carmen MÉNDEZ ROJAS?
DEBES CONSULTAR CON UN ABOGADO CON LICENCIA, SI ERES MIEMBRO DE LA CLASE MENDEZ ROJAS VS JOHNSON (ORDEN QUE OTORGA LA MOCIÓN DE CERTIFICACIÓN DE CLASE.
¿Quién es Concely del Carmen MÉNDEZ ROJAS?
Es una de las demandantes en la demanda colectiva que desafío al gobierno en los casos que no se notificó a los solicitantes de asilo sobre la fecha límite de presentación de un año y no proporcionó un mecanismo uniforme para que los solicitantes de asilo hubieran presentado sus solicitudes de manera oportuna.
¿Cuáles Agencias de Gobiernos fueron demandadas?
La Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) fueron demandados, en fecha 2 de noviembre del 2020, el Tribunal de Distrito of Washington at Seattle, aprobó la conciliación Mendez Rojas Wolf, No. 2:16-cv-01024- RSM (W.D. Wash.)
¿Qué debes hacer?
Consultar tu caso con un abogado de Inmigracion, quien podrá presentar el aviso de membresía de la clase a la cual perteneces adjunta a la documentación necesaria, hasta el 22 de marzo del 2022.
¿Cuáles son las categorías?
Clase A (“Clase de Miedo Creíble”): Todas las personas que fueron encontradas por el DHS a su llegada o dentro de los catorce días de la entrada ilegal; fueron puestos en libertad por el DHS después de que se determinó que tenían un temor creíble de persecución o tortura … y no recibió un aviso individualizado del plazo de un año para presentar una solicitud de asilo …
- i) A.I.: Todas las personas de la Clase A que no están en proceso de deportación y que (a) aún no han solicitado asilo o (b) solicitaron asilo después de un año de su última llegada.
- ii) A.II.: Todas las personas de la Clase A que se encuentran en proceso de deportación y que (a) aún no han solicitado asilo o (b) solicitaron asilo después de un año de su última llegada.
Clase B («Clase de otros participantes»): todas las personas que fueron encontradas por el DHS a su llegada o dentro de los catorce días de la entrada ilegal; expresaron temor de regresar a su país de origen; fueron puestos en libertad por el DHS tras la emisión de una NTA; y no recibió un aviso individualizado del plazo de un año para presentar una solicitud de asilo …
- i) B.I.: Todas las personas de la Clase B que no están en proceso de deportación y que aún no han solicitado asilo o (b) solicitaron asilo después de un año de su última llegada.
- ii) B.II.: Todas las personas de la Clase B que se encuentran en proceso de deportación y que aún no han solicitado asilo o (b) solicitaron asilo después de un año de su última llegada.
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La presente nota se obtuvo del acuerdo de conciliacion final publicado en la página de USCIS, no constituye consejo legal, contribuimos en la divulgación de la información a favor de los migrantes.