Pacto Mundial sobre Migración

La Declaración de Nueva York, se celebró el 19 de septiembre del 2016 con la presencia de 193 países miembros de la Organización Naciones Unidas reconociendo la necesidad de abordar integralmente la movilidad humana, se comprometieron a establecer la cooperación a nivel global para proteger a los migrantes.

La Declaración de Nueva York, en su anexo II, establece un proceso de consulta y negociación a fin de adoptar un Pacto Mundial para una migración segura, regular y ordenada, en el marco de la conferencia intergubernamental sobre la migración internacional de 2018.

¿Conoces los objetivos del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular? 

El Pacto Mundial de Migración, se desarrollará en el marco de la meta 10.7 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, cada Estado miembro se comprometió a una cooperación internacional para facilitar las migraciones, ordenadas, seguras, regulares y responsable. Priorizando los siguientes puntos:

  1. Visualizar la migración internacional, incluyendo la ayuda humanitaria, el desarrollo progresivo y el respeto a los derechos humanos:
  2. Establecer y fortalecer la cooperación sobre la migración internacional
  3. Contribuir a la políticas migratorias con visión global
  4. Asumir los compromisos de protección a los derechos humanos de forma práctica, asegurando la revisión, seguimiento y ejecución de procesos.

Características

  • Se basa en la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; los demás tratados fundamentales de derechos humanos1; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, incluidos el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, y el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire; la Convención sobre la Esclavitud y la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África; el Acuerdo de París; y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo sobre la promoción del trabajo decente y la migración laboral3, así como en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 y la Nueva Agenda Urbana.
  • Se reconoce que la migración genera prosperidad, innovación y desarrollo sostenible en nuestro mundo globalizado, y que estos efectos puede optimizarse mejorando la gobernanza de la migración.
  • Se reconoce la necesidad de solucionar el impacto de la migración con enfoque integral, riesgos, desafíos que enfrentan las personas y comunidades de los países de origen, tránsito y destino.
  •  Los Estados comprometen su responsabilidad en respetar, proteger y cumplir los derechos humanos de todos los migrantes, independientes de su estatus migratorio, promoviendo la seguridad y la prosperidad de todas las comunidades.
  • Tienen un enfoque en la persona humana, en su bienestar de los migrantes y los miembros de las Comunidades de los países de origen, tránsito y destino.
  • Respeto a la Soberanía Nacional, se ratifica el derecho de los Estados de determinar las políticas migratorias y la prerrogativas regular la migración dentro de su jurisdicción, conforme al derecho internacional, quedando facultados para distinguir el estatus migratorio regular e irregular, decidir medidas legislativas para entrar, residir y trabajar en el pais.-  NO PUEDEN ABORDAR LA MIGRACIÓN DESDE LO SOLITARIO.

continuará…